NUEVOS BIENES DE INTERÉS CULTURAL EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ

11/12/2019


 

 

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado inscribir en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz (CGPHA), como Bien de Interés Cultural (BIC) con la tipología de Actividad de Interés Etnológico, el Carnaval de Cádiz, una de las fiestas más arraigadas en la comunidad andaluza.

Con la inclusión del Carnaval de Cádiz en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz se persigue la salvaguarda y conservación de una seña de identidad del pueblo gaditano y una muestra de la creación y del talento e ingenio que cada año despliegan quienes participan en él.

El Carnaval de Cádiz constituye una expresión del patrimonio cultural de Andalucía y ejemplifica la diversidad de manifestaciones socioculturales andaluzas, resultado contemporáneo de complejos procesos históricos que han contribuido a configurar nuestra identidad cultural en el tiempo presente.

La celebración carnavalesca de Cádiz es una expresión sociocultural urbana, un ritual festivo que constituye un bien del patrimonio cultural andaluz. Actividad que condensa un amplio y diverso conjunto de manifestaciones de identidad local, con formas particulares de hablar, declamar y cantar, y con componentes de sátira social y crítica política, muy arraigada en la ciudad con relevante proyección fuera del municipio.

Se desarrolla en el casco histórico de Cádiz, ya sea por concurrir actos o recorridos programados o, sobre todo, por las concentraciones festivas generadas en sus proximidades: el Gran Teatro Falla -sede del concurso oficial de Agrupaciones Carnavalescas- y los barrios de la Viña y del Pópulo, así como los alrededores del Mercado Central, calle Libertad y las plazas de Libertad, de las Flores, de la Candelaria, de Mina y de San Antonio.

 

 

Por otro lado, el Consejo ha aprobado la inscripción como Bien de Interés Cultural (BIC), con la tipología de Monumento, del Convento de Santa Teresa de Sanlúcar de Barrameda. Se trata de un barroco edificio emblemático de la localidad sanluqueña, erigido entre 1669 y 1675 debido al interés del vecindario y a las donaciones de dinero y joyas consignadas para tal fin en el testamento de la Duquesa de Medina Sidonia.

Se trata de un extraordinario conjunto artístico de estilo Barroco de los siglos XVII y XVIII, que se distingue por su gran homogeneidad estética, tanto en arquitectura como escultura, retablística, pintura, orfebrería y otras piezas artísticas, firmadas por prestigiosos artistas de la época. Esta gran cohesión en el conjunto hace de este convento un ejemplar único del Barroco Andaluz.

De planta rectangular, el edificio se distribuye en torno a tres patios y un jardín, completando el conjunto la iglesia, también rectangular y de una sola nave. Con posterioridad, también como fruto de varias donaciones, el cuerpo principal se completó con la construcción del noviciado y de los coros alto y bajo, no habiendo sufrido el convento significativas transformaciones desde entonces, salvo la ejecución, entre 1704 y 1705, del retablo mayor barroco que preside la iglesia y que se constituye en el elemento fundamental de su decoración.

La protección, además del inmueble, abarca a un total de 159 bienes muebles, vinculados al convento y que destacan tanto por su valor histórico, como artístico, documental y bibliográfico. Entre ellos cabe señalar, dada su vinculación a la orden carmelita descalza, desde al menos 1757, el conocido manuscrito de San Juan de la Cruz "Cántico Espiritual y Poesías" (Cántico A) con notas autógrafas.

Asimismo, merece una mención especial una carta autógrafa de Santa Teresa, guardada en un relicario y fechada en 1850, o la importante colección de orfebrería, otra de niños Jesús, los retablos, la biblioteca y otras muchas obras de arte que constan en los libros de inventario de convento.

La Asociación Sanluqueña de Encuentros con la Historia y el Arte (ASEHA) había iniciado una recogida de firmas para solicitar a las administraciones públicas que salvasen el convento ante la marcha de las religiosas y el peligro de desmembración de sus bienes que ello conlleva por una posible venta aleatoria y desperdigada o el traslado de los mismos por parte de la Orden, como ya ha ocurrido con otros conventos de la provincia.

 

 

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